Bases legales del SORTEO DE LA COCINA DE SANTOMÁS
- Empresa organizadora y finalidad del sorteo
Grupo Hermanos Martín S. A. (en adelante «La organización»), con domicilio social en calle Torre de los Herberos, n.º 6, Dos Hermanas (Sevilla) y CIF A41418237, organiza la presente promoción denominada “Sorteo de La Cocina de SanTomás”, que se celebra del 23 de enero al 2 de febrero de 2025, hasta las 23.59 h., con la finalidad de celebrar el Sorteo de La Cocina de SanTomás con los clientes y seguidores de las redes sociales de SanTomás.
Podrán participar en el sorteo todas las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:
– Ser mayor de edad a fecha del 23/01/2025.
– Residir en Sevilla capital, Bollullos de la Mitación, Dos Hermanas, Palomares del Río y Mairena del Aljarafe. Quedan excluidas todas las personas que sean de fuera de los municipios mencionados y la provincia de Sevilla.
– Participar en el “Sorteo de La Cocina de SanTomás”, según lo indicado en estas bases.
– Aceptar las normas de participación y de protección de datos estipuladas en estas bases.
– Es de consumo en las cafeterías de SanTomás, excepto en SanTomás Sevilla Este, en C/ Argos (Aeropuerto) y SanTomás avda. de Grecia esquina c/ Burdeos.
El personal del Grupo MAS no puede participar en el sorteo.
No se envían los premios a domicilio.
- Sorteo
Para participar en el sorteo, los usuarios de Facebook e Instagram tienen que seguir nuestras cuentas sociales y subir una historia consumiendo en cualquiera de nuestros SanTomás y mencionando @santomascafe en la publicación.
- En el caso de Instagram:
Ser «seguidor» del perfil de SanTomás en la cuenta de Instagram (@santomascafe). Serán «seguidores» de SanTomás aquellas personas que tengan presionada la casilla «seguir», antes de la finalización del sorteo.
- En el caso de Facebook:
Tener activada la casilla «Me gusta» o «Seguir» en la página de SanTomás, antes de la finalización del sorteo.
Los usuarios pueden participar tantas veces como deseen.
Del sorteo multired (1 sorteo con todas las participaciones de Facebook y de Instagram) resultará 1 ganador, que saldrá del listado aleatorio que le otorgue la herramienta EasyPromos (www.easypromosapp.com). Los premiados en los sorteos de SanTomás solo podrán ganar una vez.
- Premios
El ganador será premiado con un lote de croquetas a elegir y un combo de pollo asado con patatas fritas y refresco de 1 L, a consumir o recoger en el SanTomás seleccionado por el ganador, excluyendo los que se han mencionado anteriormente.
Queda prohibido el traspaso del premio a un familiar o amistad del usuario. Los premios no incluyen cualquier servicio y/o gastos no descritos en los apartados anteriores.
- Requisitos
Los aspirantes pueden participar de forma gratuita en el sorteo cumpliendo los requisitos especificados en la publicación de Facebook e Instagram en el período especificado previamente.
Instagram:
- Seguir el perfil.
- Compartir una historia consumiendo en un SanTomás.
- Mencionar la cuenta @santomascafe.
Facebook:
- Seguir el perfil.
- Compartir una historia consumiendo en un SanTomás.
- Mencionar la cuenta @santomascafe.
La selección se realizará de forma aleatoria con la herramienta EasyPromos www.easypromosapp.com.
La participación en este sorteo supone la previa íntegra e incondicional de las presentes bases.
El ganador deberá facilitar el nombre completo, apellidos y DNI, para gestionar los datos del premio y reserva en el establecimiento. Nunca se solicitan datos bancarios o relacionados. Ni formularios a rellenar a no ser que se mencione en las bases legales.
- Mecánica del sorteo
El sorteo de SanTomás se realizará vía Instagram y Facebook. A través de la web EasyPromos, se extraerá el ganador y el suplente. En el caso de que algún ganador no cumpla con los requisitos, pasará al primer suplente, y así sucesivamente.
El resultado de los sorteos se comunicará en las historias de las cuentas de Instagram y de Facebook de SanTomás el 3 de febrero.
El ganador tendrá 3 días desde el anuncio de su premio para responder y confirmar la aceptación del mismo, antes de pasar al suplente. Si SanTomás no hubiera obtenido respuesta, el premio fuese rechazado por éste, o no cumpliera alguna de las condiciones, el regalo se adjudicará al primer suplente extraído. El premio deberá consumirse en el SanTomás seleccionado por el ganador antes del 27 de febrero de 2025.
De igual modo, una vez establecido contacto con el ganador o ganadora, si no se llega a un acuerdo para el disfrute o recogida del premio, este ganador o ganadora quedará excluido/a del premio, adjudicándose el premio a la primera persona suplente, y así sucesivamente hasta tener un ganador o ganadora final que disfrute del premio.
Ante la posible infracción de las normas de participación, SanTomás se reserva el derecho a excluir sin previo aviso al infractor e impedir su participación. Será descartada la participación de todo aquel usuario que emplee medios no permitidos (p. ej. herramientas de hacker, virus, troyanos, etc.). También podrá ser excluido todo aquel que participe en nombre de terceras personas (con o sin el conocimiento o consentimiento de éstas últimas).
No está permitida la participación en el sorteo a través de grupos de juego, servicios automáticos o servicios profesionales.
Los participantes garantizan que la imagen, comentario o vídeos que introduzcan no infringe derechos de terceros, y en particular no vulnera los de propiedad intelectual o industrial, ni los derechos o leyes en vigor, asumiendo los daños y perjuicios que el incumplimiento de esta obligación pueda comportar para SanTomás, exonerando de cualquier responsabilidad que se pudiese imputar al respecto, y debiendo sufragar los gastos que ello pudiese ocasionar.
Solo se admite publicar contenidos sobre los que se tengan derechos de autoría o bien autorización expresa de su autor. Queda prohibida cualquier publicación sexista, racista, que fomente la violencia o que sea contraria a la libertad sexual, religiosa o de opinión.
En caso de incumplimiento de estas bases, SanTomás se reserva el derecho de anular los premios sin que ello genere derecho de reclamación alguno. El participar en esta promoción conlleva la aceptación de las bases, que son inapelables, así como el criterio de SanTomás para la resolución de cualquier cuestión relacionada con las mismas.
Instagram o Facebook no patrocinan, avalan ni administran de modo alguno este sorteo, ni están asociado a él; no obstante, con la participación los usuarios estarán sujetos a las normas de Facebook disponibles en www.facebook.com y de Instagram.
- Derechos de imagen
Los participantes en el sorteo autorizan de forma expresa a SanTomás a reproducir y utilizar su nombre y apellidos, así como su imagen en cualquier actividad publi-promocional relacionada con la presente promoción sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno a excepción de la entrega del premio ganado.
- Protección de datos personales
A los efectos previstos en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), se le informa que los datos personales proporcionados se incorporarán (o actualizarán) a los ficheros de Grupo Hermanos Martín S.A. con domicilio en Calle Torre de los Herberos 6 (Dos Hermanas, Sevilla).
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE LA PROTECCIÓN DE SUS DATOS:
Puede consultar información adicional y sobre Protección de Datos en nuestra página web http://www.somosgrupomas.com/politica-de-privacidad-y-proteccion-de-datos/.
- Divulgación
Con la aceptación del premio el ganador autoriza a SanTomás a que publique su nombre como ganador del sorteo. SanTomás mediante persona autorizada, se reserva el derecho a divulgar las imágenes del agraciado en los medios publicitarios que considere oportunos, cediendo éste a favor de la primera, de manera gratuita y por tiempo indefinido, los derechos de imagen que le pudieran corresponder.
- Otras normas.
La simple participación en este concurso implica la aceptación de estas Bases en su totalidad y el criterio interpretativo del SanTomás en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del presente concurso, por lo que la manifestación, en el sentido de no aceptación de las mismas, implicará la exclusión del participante y, como consecuencia de la misma, quedará liberada del cumplimiento de cualquier obligación contraída con él.
SanTomás se reserva el derecho a introducir cambios en la mecánica o funcionamiento del concurso o sorteo en cualquier momento y/o finalizarla de forma anticipada si fuera necesario por justa causa, sin que de ello pueda derivarse responsabilidad alguna. No obstante, estos cambios se comunicarán debidamente a través del perfil del concurso y en su caso otros medios.
SanTomás hará todo lo posible para evitar que ningún cambio perjudique a unos participantes respecto de otros.
- Limitación de responsabilidad.
SanTomás no es responsable de las interrupciones o fallos en Internet, en la página, la red por cable, las redes de comunicaciones electrónicas, fallos de software o hardware ni por los posibles errores en la introducción y/o el procesamiento de respuestas, entregas o datos personales.
En caso de producirse problemas o incidencias de este tipo, la entidad organizadora, hará todo lo que esté en su mano para corregirlas lo antes posible, pero no puede asumir ninguna responsabilidad al respecto.
- Interpretación de las bases y resolución de conflictos.
La interpretación y el incumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española. Cualquier controversia que resultara de la interpretación o cumplimiento de las presentes bases, se someterá a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Sevilla.